Con la situación de contingencia que hemos estado presenciando en nuestro país y en el mundo entero, he dejado de lado comentarles algunas cosas relevantes respecto de la Reforma Tributaria que comenzó a regir en marzo del 2020. Durante las próximas semanas me trataré de poner al día en los distintos aspectos que considero relevante para inversionistas y emprendedores.
Hoy les realizaré un resumen de los aspectos más importantes de los nuevos Regímenes Tributarios que afectarán a todas las empresas desde el 1 de enero del 2020.
Parto por mencionarles que se eliminaron el Régimen de Renta Atribuida, el Régimen Semiintegrado y el Régimen 14 Ter de Ley de Renta.
Esta reforma nos trae tres nuevos regímenes tributarios; el Régimen Genera, enfocado fundamentalmente a grandes empresas; el régimen Pro PYME dirigido a las medianas y pequeñas empresas; y un sub-régimen que nace del anterior, llamado Régimen Pro PYME Transparente destinado, por sus características, a las pequeñas y microempresas.
A continuación, les expongo los aspectos más relevantes de cada uno:
1.- Régimen General
Enfocado a Grandes Empresas.
Bajo este régimen deberán tributar todas las empresas que no cumplan los requisitos del régimen Pro PYME.
REQUISITOS
- Ventas anuales superiores a UF 75.000.
- Las Sociedades de Inversiones e Inmobiliarias deberán tributar bajo este régimen.
CARACTERISTICAS
- El Impuesto de 1ª Categoría tendrá una tasa del 27%.
- Los propietarios tributarán en base a retiros efectivos.
- Régimen parcialmente integrado donde los socios podrán usar sólo el 65% del crédito.
- Obligados a llevar contabilidad completa.
2.- Régimen Pro PYME
Destinados a Medianas y Pequeñas Empresas. Bajo este régimen tributarán todas las empresas que cumplan con los siguientes requisitos.
REQUISITOS
- Ventas anuales deberán ser inferiores UF 75.000.
- Al inicio de actividades el capital efectivo no debe exceder de UF 85.000.
- los ingresos provenientes del arrendamiento de Bienes Raíces y de Capitales Mobiliarios no podrán superar el 35% de las ventas totales.
CARACTERISTICAS
- El Impuesto de 1ª Categoría tendrá una tasa del 25%.
- Los propietarios tributarán en base a retiros efectivos.
- Es un régimen integrado, los socios y accionistas podrán recuperar el 100% del crédito del impuesto de 1ª categoría pagado por su empresa.
- Pueden optar voluntariamente a llevar una contabilidad simplificada.
- Tasa reducida de PPM entre 0,25 y 0,5 dependiendo del nivel de ventas.
- Exenta de la sobretasa de contribuciones para los activos inmobiliarios
- Podrán optar al beneficio tributario de la reinversión de utilidades.
2.1 Régimen Pro PYME transparente.
Destinados a Pequeñas y Microempresas.
Podrán optar voluntariamente a este régimen las empresas que cumplan todos los requisitos del Régimen Pro PYME.
REQUISITOS
- todos los requisitos del Régimen Pro PYME
- Además, que sus socios y accionistas sean personas naturales
CARACTERISTICAS
- Se encuentran liberados de llevar Contabilidad
- No tributan con el impuesto de 1ª Categoría
- Deberán atribuir todas sus rentas anuales a sus socios y accionistas
- Tasa Reducida de PPM 0,2 % de las ventas en la medida que las ventas anuales sean Inferiores a UF50.000
Con lo expuesto se puede apreciar que las exigencias y los impuestos a las empresas grandes serán mayores, pagarán 27% de Impuesto de 1ª Categoría, los dueños tendrán una pérdida del crédito pagado por la empresa del 35% cuando realicen sus retiros y no podrán usar la franquicia tributaria de la reinversión de utilidades.
Por otro lado, en las medida que las empresas sean más pequeñas, podrán acceder a mayores beneficios y menos exigencias: pagarán 25 % de impuesto de 1ª categoría e incluso podrán optar a liberarse de él si eligieran el régimen Pro Pyme transparente para tributar; además, podrán ocupar la franquicia tributaria de la reinversión parar disminuir la base imponible corporativa si dejaran utilidades al interior de la empresa; se podrán liberar de llevar contabilidad si así lo decidieran; y tendrán una importante rebaja en el cálculo del PPM que les permitirá contar con mayor liquidez.
Sin duda esta reforma aporta simplificación al sistema tributario y lo más importante, desde mi punto de vista, es que su mirada pone énfasis en el tamaño de las empresas y no en otras variables irrelevantes para la equidad tributaria, lo que me parece adecuado y pertinente a una sociedad que apoya a los emprendedores y el surgimiento de nuevas iniciativas.
