Con la situación de contingencia que hemos estado presenciando en nuestro país y en el mundo entero, he dejado de lado comentarles algunas cosas relevantes respecto de la Reforma Tributaria  que comenzó a regir  en marzo del 2020.  Durante las próximas semanas me  trataré de poner al  día en los distintos aspectos que considero relevante para inversionistas y emprendedores.

Hoy les realizaré  un resumen de los aspectos más importantes de los  nuevos Regímenes Tributarios que afectarán a  todas las empresas  desde el 1 de enero del 2020.

Parto por mencionarles que se eliminaron el Régimen de Renta Atribuida, el Régimen Semiintegrado  y el Régimen 14 Ter de  Ley de Renta.

Esta reforma nos trae tres nuevos regímenes tributarios; el Régimen Genera, enfocado fundamentalmente  a grandes empresas; el régimen Pro PYME  dirigido  a las medianas y pequeñas empresas; y un sub-régimen que nace del anterior, llamado Régimen Pro PYME Transparente destinado, por sus características, a las pequeñas y microempresas.

 A continuación, les expongo  los aspectos más relevantes de cada uno:

1.- Régimen General

Enfocado a Grandes Empresas.

Bajo este régimen deberán tributar todas  las empresas que no cumplan los requisitos del  régimen  Pro PYME.

REQUISITOS

  1. Ventas anuales  superiores a UF 75.000.
  2. Las Sociedades de Inversiones e Inmobiliarias deberán tributar bajo este régimen.

CARACTERISTICAS

  • El Impuesto de 1ª Categoría tendrá una tasa del 27%.
  • Los propietarios tributarán en base a retiros efectivos.
  • Régimen parcialmente integrado donde los socios podrán usar  sólo  el 65% del crédito.
  • Obligados a llevar contabilidad completa.

2.- Régimen Pro PYME

Destinados a Medianas y Pequeñas Empresas. Bajo este régimen tributarán todas  las empresas que cumplan con los siguientes  requisitos.

REQUISITOS

  1. Ventas anuales  deberán ser inferiores  UF 75.000.
  2. Al inicio de actividades el capital efectivo no debe exceder de  UF 85.000.
  3. los ingresos provenientes del arrendamiento de Bienes Raíces y de Capitales Mobiliarios  no podrán  superar el 35% de las ventas totales.

CARACTERISTICAS

  • El Impuesto de 1ª Categoría tendrá una tasa del 25%.
  • Los propietarios tributarán en base a retiros efectivos.
  • Es un régimen integrado, los socios  y accionistas podrán recuperar el 100% del crédito del impuesto de 1ª categoría pagado por su empresa.
  • Pueden optar voluntariamente a llevar una contabilidad simplificada.
  • Tasa reducida de PPM entre 0,25 y 0,5 dependiendo del nivel de ventas.
  • Exenta de la sobretasa de contribuciones para los activos inmobiliarios
  • Podrán optar  al beneficio tributario de la reinversión  de utilidades.

2.1 Régimen Pro PYME transparente.

Destinados a Pequeñas y Microempresas.

Podrán optar voluntariamente a este régimen  las empresas que cumplan todos los requisitos del Régimen Pro PYME.

REQUISITOS

  1. todos los requisitos del Régimen Pro PYME
  2. Además, que sus socios y accionistas  sean personas naturales

CARACTERISTICAS

  • Se encuentran liberados de llevar Contabilidad
  • No tributan con el impuesto de 1ª Categoría
  • Deberán atribuir todas sus rentas anuales a sus socios y accionistas
  • Tasa Reducida de PPM 0,2 % de las ventas en la medida que las ventas anuales sean Inferiores a  UF50.000

Con  lo expuesto se puede apreciar que  las  exigencias y los impuestos  a las empresas grandes  serán mayores, pagarán 27% de Impuesto de 1ª Categoría, los dueños tendrán una pérdida del crédito pagado por la empresa  del 35% cuando realicen sus  retiros y  no podrán  usar  la franquicia tributaria de la reinversión  de utilidades.

Por otro lado, en las medida que las empresas sean más pequeñas, podrán  acceder a mayores  beneficios y menos exigencias: pagarán  25 %  de impuesto de 1ª categoría e incluso  podrán optar a liberarse de él  si eligieran el régimen Pro Pyme transparente para tributar; además, podrán  ocupar  la franquicia tributaria de la reinversión parar disminuir la base imponible corporativa si dejaran utilidades al interior de la empresa; se podrán liberar de llevar contabilidad si así lo decidieran;  y tendrán una importante rebaja  en el cálculo del PPM que les permitirá contar con mayor liquidez.

Sin duda  esta reforma  aporta simplificación al sistema tributario  y  lo más importante, desde mi punto de vista, es que su mirada  pone énfasis  en  el tamaño de las empresas y no en otras variables irrelevantes para la equidad tributaria, lo que me  parece adecuado y pertinente a una sociedad que apoya a los emprendedores y  el surgimiento de nuevas iniciativas.